Esta Ordenanza tiene como objeto defender y regular el uso y disfrute de los parques,
jardines, zonas verdes, áreas naturales, mobiliario urbano existente y el arbolado
viario del término municipal de Guadalcázar, tanto públicos como privados, en orden a
su mejor preservación como ámbitos imprescindibles para el equilibrio ecológico del
medio urbano y natural y mejora de la calidad de vida de los ciudadanos. Se pretende
con ello, el establecimiento de un marco legal de regulación y protección de los
elementos vegetales e inertes y el medio donde se ubican, es decir:
- Defensa de las plantaciones en vías y plazas públicas, así como de los espacios
privados catalogados por su interés o por la calidad de sus ejemplares vegetales. - Regular el uso de los espacios públicos citados en la presente Ordenanza, y los
elementos vegetales o inertes instalados en estos espacios. - La preservación de las especies arbóreas y de los sistemas naturales y el paisaje.
- Regular las condiciones espaciales, agronómicas y fitosanitarias que deben cumplir
las plantaciones en el ámbito del término municipal. - Sancionar las infracciones que se cometan contra estas
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